Nuestros Socios

Requisitos

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REQUISITOS PARA SER SOCIO

Toda persona que tenga interés en ser beneficiario de nuestros productos o servicios debe ser socio de la Cooperativa, tal como lo establece el Texto Único Ordenado de la Ley General de Cooperativa, DS N° 074-90-TR.
Los requisitos se encuentran establecidos en el estatuto social de la Cooperativa, el cual se detalla a continuación :

Las personas naturales que tengan capacidad legal (incluye extranjeros).

Las personas jurídicas constituidas e inscritas con arreglo a ley, y sean autorizadas por su Estatuto o por su órgano competente, para integrar la organización cooperativa.

Otras cooperativas, las comunidades campesinas o nativas, las entidades del sector público y otras personas jurídicas sin fines de lucro.

Las pequeñas empresas, cualquiera fuere su naturaleza jurídica, siempre que reúnan los siguientes requisitos:
   >  Que no tengan más de diez (10) trabajadores dependientes a su servicio;
   >  Que el valor contable de sus activos fijos no supere el equivalente de diez (10) remuneraciones mínimas vitales, anuales, por cada uno de dichos trabajadores.

La calidad de socio se adquiere por participación en el acto constitutivo o por acuerdo del Consejo de Administración a solicitud del interesado. La sola adquisición de aportaciones por transferencia no confiere la condición de socio.